Beneficios de Registrar una Obra Musical.
- ciudadjuridica
- 30 mar 2022
- 1 Min. de lectura

Quizás has escrito una canción, has compuesto la melodía y la has interpretado, o conoces a alguien que lo haya hecho, y te has preguntado ¿Qué #Beneficios obtengo si registro mi obra musical?
Si decides inscribir tu obra musical en el Registro de Propiedad Intelectual, obtienes los siguientes beneficios: Primero se reconoce tu #DerechoDeAutor, que abarca dos tipos de vertientes: 1) los Derechos Patrimoniales, y 2) los Derechos Morales.
Los Derechos Patrimoniales le otorgan al titular del derecho de autor las facultades de usar la obra o ceder sus derechos sobre la misma, y de autorizar o prohibir su utilización y explotación por terceros. El objeto de estos derechos es que el titular de los derechos obtenga compensación financiera por el uso de sus obras.
Los Derechos Morales pertenecen al autor y son inalienables, imprescriptibles e irrenunciables; brinda las facultades para exigir la mención de su nombre o seudónimo como autor de la obra, oponerse a cualquier modificación de la obra sin su previo consentimiento, entre otras relativas a la integridad de la misma.

"Autor es la persona física que realiza la creación intelectual."
Tiempo de Protección
Como ya se indicó el Derecho Moral es imprescriptible, por lo que no tiene plazo de vencimiento y siempre se reconocerá la paternidad de la obra al autor. Ejemplo: John Lennon siempre será el autor de las canciones que creó.
Los Derechos Patrimoniales SÍ tienen un plazo, estos se protegen durante TODA la vida del autor y 75 años después de su muerte.
Si estás interesado en #Registrar y #Proteger tus obras, te invitamos a comunicarte a Ciudad Jurídica, somos expertos en Derechos de Autor y podemos asesorarte en tan vital e importante proceso.
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